Somos un grupo de estudiantes de Kinesiología, de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES), de capital federal Buenos Aires. Decidimos crear este blog para promover los equipamientes y elementos existentes para adaptar a la sociedad a las personas con capacidades diferentes. Este blog corresponde a nuestra catedra de Bioinformatica y Rehabilitacion Computacional. Agradecemos visitas, comentaris y cualquier tipo de pregunta. Cerra, Fernanda. Parra,Facundo.Arballo, Cinthia y Furman,Javier.

sábado, 13 de octubre de 2012


Ley 24.901

La Ley de Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad o Ley 24.901 fue sancionada el 5 de noviembre de 1997 y promulgada el 2 de diciembre del mismo año con carácter de nacional.
Su objetivo, según el artículo 1 reza:
Institúyese por la presente ley un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Aplicándose y obligando a las Obras sociales a la labor de prestar atención médica y otorgar los servicios de diagnóstico y control, siendo beneficiarios las personas con discapacidad comprendidas como tales en el artículo 2 de la Ley 22.431.
Se aplica a las prestaciones de carácter preventivo, de rehabilitación, a las terapéuticas educativas y a las asistenciales. También internación, en caso de que no pueda permanecer en su hogar, cobertura económica y la atención psiquiátrica.
En caso de que de que la persona requiriere médicamente medicamentos o productos para su dieta específicos y que no se producieran en Argentina, le deberán reconocer la totalidad del precio de los mismos.

[editar]Aplicación de la ley

En 2012 la justicia obligó a la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) a cubrir el tratamiento integral de una menor que padece de autismo, retraso mental grave y Síndrome de Cornelia de Langeincluyendo los gastos de internación, medicación y acompañamiento terapéutico. El recurso de amparo fue presentado en septiembre de 2009.

Aunque fuera reglamentada en 1997, en 2007 una jueza en lo contencioso administrativo le ordenó al Estado argentino que reglamente la ley, ya que en la práctica no se aplicaba. Esto se debió a la presentación de una acción de amparo realizada por una señora que sufría artritis degenerativa. El Estado argentino apeló la medida.

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